En medio de la Semana Santa, cuando la fe del pueblo puertorriqueño se vive con mayor intensidad, el Gobierno ha decidido impulsar con determinación las Oficinas de Base de Fe en agencias clave como Educación, Salud y Vivienda. No se trata de proselitismo ni de “mezclar Iglesia y Estado”. Se trata de cumplir la ley, abrir puertas voluntarias a la colaboración y responder a una crisis social que todos reconocemos: muertes de jóvenes, criminalidad, violencia doméstica, desintegración familiar y abandono de envejecientes.
Algunos que se autoproclaman “los más cristianos”, “pastores puros” o “maestros de la Palabra” han alzado la voz en contra. Sin embargo, la realidad es clara: el Gobierno no está evangelizando con fondos públicos. Simplemente está cumpliendo con la ley que obliga a todas las agencias a designar enlaces con organizaciones de base de fe y comunitarias, siempre que demuestren capacidad y voluntariedad, sin costo alguno para el erario. Es una labor encomiable que muchos critican desde la comodidad, pero pocos están dispuestos a arremangarse para aportar su “granito de arena”.
Esta iniciativa no surge de la nada. Es la culminación natural de más de 500 años de colaboración entre la fe organizada y el gobierno para atender las necesidades reales de la gente.
Raíces Históricas: Una Tradición Puertorriqueña de Fe y Servicio Público
Desde los tiempos de la colonia española (1508-1898), la Iglesia Católica fue pilar del orden social bajo el Real Patronato. La Corona y la Iglesia trabajaban juntas: construían hospitales, escuelas y orfanatos, y respondían de inmediato ante huracanes, epidemias y hambrunas. La religiosidad popular —romerías, cofradías y devociones— unía al pueblo y daba sentido a la vida colectiva.
Tras la invasión estadounidense de 1898, se decretó la separación Iglesia-Estado. Llegaron entonces las misiones protestantes (metodistas, presbiterianos, bautistas y otras), que en 1899 firmaron un Acuerdo de Comity y levantaron escuelas, hospitales y centros comunitarios donde el Estado aún no llegaba. Surgieron también movimientos como los Hermanos Cheos (1902), católicos laicos que predicaban en el campo para defender la fe tradicional.
La Constitución de 1952 reflejó este equilibrio al garantizar, en su Artículo II, Sección 3, la libertad religiosa: ni establecimiento de una religión oficial ni prohibición de su libre ejercicio. A lo largo del siglo XX, iglesias católicas y evangélicas siguieron llenando vacíos sociales con programas contra la delincuencia juvenil, rehabilitación de drogas y apoyo a familias.
El marco moderno se consolidó inspirado en el modelo federal de Estados Unidos. En 2005 se creó la Iniciativa de Grupos Comunitarios y Basados en la Fe. Luego llegaron leyes concretas:
- Ley Núm. 5 de 2011, que obliga a todas las agencias gubernamentales a designar enlaces con organizaciones de fe.
- Ley Núm. 246 de 2012, que autoriza a los municipios a crear sus propias Oficinas Municipales de Iniciativa de Base de Fe.
- Ley Núm. 14 de 2025 (“Ley del Derecho Fundamental a la Libertad Religiosa”) y Ley Núm. 10 de 2025 (“Ley de Integración de Valores y Ética”), que elevan la libertad religiosa a política pública fundamental.
Hoy, oficinas de base de fe operan en La Fortaleza, el Senado, la Cámara, Educación, Salud, Vivienda y varios municipios. No es una invención reciente; es el cumplimiento de una tradición histórica y de leyes vigentes.
Bases Bíblicas: La Fe que Actúa con Obras
Más allá de la historia y la ley, está el mandato claro de las Escrituras. La Biblia no solo permite, sino que exige que la fe se traduzca en acción concreta para el bienestar de la sociedad. Santiago 1:27 lo define sin rodeos:
“La religión pura y sin mancha delante de Dios el Padre es esta: visitar a los huérfanos y a las viudas en sus tribulaciones, y guardarse sin mancha de este mundo.”
Romanos 13:1-7 nos recuerda que las autoridades son “servidoras de Dios” para el bien. Proverbios 29:2 añade: “Cuando los justos dominan, el pueblo se alegra”. Jesús no se limitó al templo: sanó en las calles y confrontó el sufrimiento social. Los primeros cristianos compartían bienes y atendían necesidades (Hechos 2:44-45 y 4:32-35). Santiago 2:17 lo resume con fuerza: “así también la fe, si no tiene obras, es muerta en sí misma”.
¿Quién mejor que las organizaciones de base de fe para coordinar voluntarios que acompañen jóvenes en riesgo, apoyen familias en crisis y visiten envejecientes abandonados? El Gobierno no predica; simplemente facilita que la Iglesia cumpla su llamado.
Marco Legal: Constitucional, Neutral y Protegido
La Constitución de Puerto Rico, en su Artículo II, Sección 3, garantiza la libertad religiosa: “No se aprobará ley alguna relativa al establecimiento de religión ni se prohibirá el libre ejercicio de la misma”. Las leyes antes mencionadas no violan separación alguna; al contrario, garantizan neutralidad y evitan discriminación contra la fe.
Como territorio de Estados Unidos, Puerto Rico también se beneficia de la jurisprudencia del Tribunal Supremo federal, que ha rechazado interpretaciones extremas de “separación” que discriminen contra la religión:
- American Legion v. American Humanist Association (2019)
- Van Orden v. Perry (2005)
- Town of Greece v. Galloway (2014)
- Kennedy v. Bremerton School District (2022)
- Carson v. Makin (2022)
- 303 Creative LLC v. Elenis (2023)
Estos casos confirman que facilitar colaboración voluntaria con organizaciones religiosas no es establecimiento de religión; es acomodo razonable y respeto al libre ejercicio. Desde la perspectiva bíblica, la reacción de algunos también luce extraña. José sirvió en Egipto. Daniel habló y administró en el corazón del imperio. Ester intercedió desde el palacio. Nehemías actuó con autorización del poder civil. Pablo dio testimonio ante Félix, Festo y Agripa. La Biblia no enseña que la esfera gubernamental sea un territorio vedado para la voz moral o para la presencia de creyentes comprometidos con el bien común. Lo que condena es otra cosa: la corrupción, la idolatría del poder, la manipulación y la injusticia. El problema nunca ha sido la cercanía entre fe y vida pública. El problema ha sido el abuso.
Conclusión: Acción, No Hipocresía
Por eso, la pregunta correcta no es si una oficina de base de fe “suena mal” a oídos de ciertos comentaristas. La pregunta correcta es si opera conforme al derecho. Y la respuesta seria es esta: si la oficina funciona como enlace, colaboración, orientación y apoyo social, sin coerción, sin proselitismo estatal, sin exclusivismo denominacional y sin convertirse en comité de campaña con lenguaje religioso, entonces no está traicionando la Constitución; está actuando dentro de un marco legal defendible.
Quienes hoy critican la Oficina de Base de Fe son los mismos que, en otros contextos, lamentan la ola de violencia juvenil, la desintegración familiar y el abandono de nuestros ancianos. ¿Dónde está su “granito de arena”? ¿Por qué rechazan la mano extendida de miles de pastores, iglesias y ministerios dispuestos a servir sin costo para el contribuyente?
Aunque algunos señalen motivaciones políticas (“es por votos”), la respuesta es sencilla: mejor un gobierno que se atreve a hacer lo correcto, que uno paralizado por el miedo al “qué dirán”. Puerto Rico necesita resultados, no purismo ideológico.
La Oficina de Base de Fe no es amenaza; es oportunidad. Es fe en acción, historia viva, ley cumplida y sentido común. Invitamos a todos los cristianos de buena fe, a los pastores y líderes a unirse, no a dividir. El pueblo puertorriqueño merece un Gobierno que abra puertas y una Iglesia que las cruce para servir.
Y aquí está la verdad incómoda: a algunos no les molesta una violación constitucional real. Lo que les molesta es que la fe, en vez de quedarse callada en la banca, haya decidido trabajar. Y cuando la fe trabaja, acompaña, restaura y ayuda, deja sin excusa a los expertos en criticar desde la grada.
Porque, como dijo el Señor: “Por sus frutos los conoceréis” (Mateo 7:16). Y los frutos de esta iniciativa serán vidas transformadas, familias restauradas y una sociedad más justa. Amén.


